Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes.
Esta ley será de aplicación a las empresas emergentes, entendiendo por empresa emergente, a los efectos de la ley, toda persona jurídica, incluidas las empresas de base tecnológica creadas al amparo de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Los objetivos generales de esta ley son los siguientes:
a) Fomentar la creación, el crecimiento y la relocalización de empresas emergentes en España, en especial de las microempresas, de las pequeñas y las medianas empresas emprendedoras, fijando además las condiciones que favorezcan su capacidad de internacionalización.
b) Atraer talento y capital internacional para el desarrollo del ecosistema español de empresas emergentes.
c) Estimular la inversión pública y privada en empresas emergentes.
d) Favorecer la interrelación entre empresas, agentes financiadores y territorios para aumentar las posibilidades de éxito de las empresas emergentes, con especial atención al fomento de polos de atracción de empresas emergentes en entornos rurales, y especialmente, en aquellas zonas que están perdiendo población, en aras de una mayor cohesión social y territorial.
e) Impulsar el acercamiento entre la formación profesional y la universidad y las empresas emergentes.
f) Contribuir a incrementar la transferencia de conocimientos de la Universidad y de los organismos públicos de investigación y restantes agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación al mundo empresarial.
g) Eliminar las brechas de género existentes en el ecosistema español de empresas emergentes.
h) Apoyar el desarrollo de polos de atracción de empresas e inversores.
i) Impulsar la compra pública innovadora con empresas emergentes.
j) Garantizar la eficacia y coherencia del sistema estatal de ayudas al emprendimiento basado en innovación.
k) Promover el seguimiento participativo de la evolución del ecosistema español de empresas emergentes y de los resultados de esta ley.
La ley prevé la creación de empresas emergentes en un
solo paso, mediante el otorgamiento de un número de identificación fiscal, de manera
que la empresa pueda completar los trámites para su constitución con posterioridad. Se
elimina el doble trámite registral y notarial y se prevé un procedimiento íntegramente
electrónico.
Esta ley favorece la colaboración público-privada para la creación de empresas emergentes de base innovadora en el entorno universitario (conocidas como spin offs) así como las iniciativas para impulsar el emprendimiento de los estudiantes. La condición de empresa emergente inscrita en el Registro Mercantil o en el Registro de Cooperativas competente, será condición necesaria y suficiente para poder acogerse a los beneficios y especialidades.
Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes.